LOS ANDES (04/04/2025).- Por dos votos a favor y uno en contra, la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso integrada por los ministros Rafael Corvalán Pazols y Claudia Parra Villalobos, además del fiscal judicial Mario Fuentes Melo deicidio revocar la medida cautelar de arresto domiciliario total que pesaba en contra de D.I.P.V. (27), quien trató de estrangular en tres ocasiones a su pareja.
Tal como lo informó en exclusiva Los Andes Online, los hechos acontecieron entre la noche del sábado 14 y madrugada del 15 de marzo de este año, cuando el imputado y su pareja junto a un grupo de amigos acudieron a la Fiesta Huasa de San Esteban efectuada en el Parque Cordillera.
Cuando el grupo pretendía retirarse, el imputado habría comenzado a insultar a la víctima en un ataque de celos, menoscabándola en su condición de mujer.
El hombre habría intentado agredirla, pero intervinieron los guardias de seguridad quienes lo sacaron del recinto.
Posteriormente la víctima y sus amigos también se retiraron y cuando ella fue a buscar su auto a los estacionamientos fue seguida por el celópata quien nuevamente comenzó a insultarla y la tomó con su brazo por el cuello tratando de estrangularla.
No contento con ello, con la otra mano le tomó la cabeza e intentó aprisionársela conta la malla del cierre perimetral del estacionamiento, debiendo intervenir los amigos en común que intentaron en vano calmarlo.
Ante ello, la víctima decidió caminar hacia el puente David García siendo nuevamente seguida por el sujeto quien le dio alcance y nuevamente comenzó a estrangularla e incluso hizo acciones para querer lanzarla al lecho del río, situación que nuevamente fue impedido por sus amigos.
Ya casi desfalleciendo la mujer decidió dirigirse hasta el servicio de urgencias del Hospital San Juan de Dios, pero frente al nuevo cuartel de la PDI el celópata otra vez le dio alcance, la volvió a tomar por el cuello y quiso estrangularla.
Los amigos hicieron señas a una patrulla de Carabineros que pasaba por el lugar, los que le brindaron auxilio y detuvieron al agresor.
El hombre fue formalizado por lesiones menos graves en contexto de la Ley de Violencia Intrafamiliar y Ley de Violencia de género, decretando la magistrada Valeria Crosa Chiappe la medida cautelar de arresto domiciliario total para dar seguridad a la víctima.
Recurso de Apelación.
Sin embargo, el abogado defensor del imputado, Fernando Castañeda Magna, interpuso un recurso de apelación en contra de esta medida argumentando los desproporcionada de esta medida, considerando en primeras instancia que su representado no mantenía causas vigentes en el sistema judicial y contaba con un arraigo laboral, al despeñar funciones para una empresa contratistas que presta servicios en la División El Salvador de Codelco.
En el recurso, el abogado Castañeda sostuvo que “a intensidad de la gravedad del hecho relacionado con las presuntas lesiones leves, no se condice con la medida cautelar decretada de arresto domiciliario total, puesto que mi representado, en el evento de ser condenado, no cumpliría esa pena privado de libertad”.
Añadió el jurista que con los antecedentes que se expusieron en audiencia, “no se explica por qué motivo se decreta una medida cautelar gravosa existiendo otras medidas distintas del arresto domiciliario total que pueden satisfacer la necesidad de cautela, especialmente considerando que entre el imputado y la víctima no existen denuncias previas por estos mismos hechos”.
Argumentó que la peligrosidad social y el peligro para la seguridad de la víctima deben fijarse según antecedentes objetivos concretos, y “no sobre consideraciones normativas generales, o sobre criterios peligrosistas abstractos, como podría ser la sola declaración de la víctima y el hecho de tener una condena cumplida de 41 días por un cuasidelito”.
Tras analizar el recursos, el Ministro Corvalán y el fiscal Fuentes Melo votaron a favor de revocar el arresto domiciliario total mientras que el voto en contra estuvo a cargo de la Ministra Parra.
Así las cosas, la Corte de Apelaciones finalmente reemplazó la privación de libertad del imputado por las cautelares de arraigo nacional, la firma mensual en Carabineros y la prohibición de acercarse a la víctima
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